Internet ha llegado para quedarse. Y con él, las nuevas normativas y leyes que regulan los Derechos Fundamentales con los que cuentan los internautas, entre ellas la Ley de Protección Datos.
Esta normativa busca “establecer las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respeta al tratamiento de los datos personales y normas relativas a la libre circulación de tales datos“, protegiendo los derechos y libertades de todos los usuarios.
Este pasado 25 de mayo de 2022 acabo el plazo para adaptar cualquier contrato indefinido con un proveedor que trate datos personales al Reglamento General de Protección de Datos, pudiendo suponer multas de cuantías de hasta 20 millones de euros en caso de incumplimiento de esta.
Sigue leyendo si quieres conocer todos los detalles de la norma y las consecuencias que puede acarrear su incumplimiento.
¿Cuándo no se aplica la Ley de Protección de Datos?
Pese a que todos los datos personales de la red se encuentran protegidos, existen ciertas aplicaciones o casos que están exentos de la aplicación de esta ley o se rigen por una normativa específica:
- Los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
- Los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.
- Ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada.
- Se rigen por la normativa específica ficheros regulados por la legislación de régimen electoral, los quetengan fines exclusivamente estadísticos, los ficheros referidos al régimen de personal de las fuerzas armadas o los derivados del Registro Civil y Central.
Exceptuando estos casos, el resto de ficheros y datos se encuentran protegidos y el incumplimiento de esta ley conllevará sanciones monetarias de diferente magnitud dependiendo del tipo de infracción y la gravedad de esta.
Tipos de infracciones por el incumplimiento de la Ley de Protección de Datos
Para valorar la gravedad de la infracción se tendrán en cuenta factores como el carácter continuado de la transgresión, el beneficio obtenido fruto de la comisión de la infracción, la intencionalidad o cualquier otra circunstancia que pueda ser relevante para determinar el grado de culpabilidad del transgresor.
En base a estos indicadores, podemos dividir las infracciones en 3 grandes grupos:
Infracciones leves
En este bloque incluimos aquellas infracciones como la falta de remisión a la Agencia Española de Datos de las notificaciones previstas, no solicitar la inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos o el incumplimiento del deber de información al afectado sobre el tratamiento de sus datos.
Una sanción de este tipo puede suponer multas de entre 600 y 60.100€.
Infracciones graves
Con sanciones de entre 60.101 y 300.506€, este tipo de incumplimientos de la Ley recoge supuestos como la vulneración del deber de secreto en el tratamiento de datos de carácter personal, la no implementación de las medidas de seguridad pertinentes para la custodia de los datos o la cesión de datos personales a terceros no autorizados entre otros supuestos.
Infracciones muy graves
La recogida de datos de forma fraudulenta, la transmisión de estos a países que no cuentan con una protección similar a la española, la cesión de información de especial protección (religión, ideología, salud, etc.) o el tratamiento de datos de forma ilegítima son algunos de los supuestos que pueden ser considerados muy graves y cuya sanción oscila entre los 300.507 y los 20 millones de euros.
¿Quieres saber si tu empresa cumple con la Ley de Protección de Datos?
El gobierno ha puesto en manos de los empresarios y trabajadores una herramienta gratuita que permite conocer los posibles escapes de información fruto de brechas en el sistema de protección, evitando así las multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual que conlleva este tipo de sanción.
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